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¿Qué es la segunda oportunidad para las personas deudoras?

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La Ley de Segunda Oportunidad es un mecanismo legal que permite a los autónomos y personas físicas renegociar o cancelar sus deudas cuando no es posible hacer frente a los pagos debido al nivel de endeudamiento adquirido. Se puede decir que es el equivalente al Concurso de acreedores para autónomos y personas físicas.

Esta Ley, en vigor desde el 30 de julio 2015, es una medida de orden social que busca conceder una segunda oportunidad a las personas que por causas ajenas a su voluntad no pueden hacer frente a las obligaciones de pago contraídas. Para poder acogerse a ella, es necesario que el beneficiario haya actuado de buena fe, además de cumplir una serie de requisitos:

  • No mentir ni ocultar datos sobre la situación de insolvencia
  • No haber sido condenado por delitos económicos en los 10 años anteriores a la solicitud
  • Haber intentado llegar a un acuerdo de pagos con los acreedores
  • Haber hecho lo posible por cancelar deudas con las Administraciones
  • Aceptar ser incluido en el Registro Público Consursal
  • No haber rechazado una oferta laboral

En la práctica las personas físicas en cualquier forma en la que pensemos: autónomos, o simples familias, matrimonios en régimen de gananciales o separación de bienes, jóvenes dependientes o no,  etc; podrán disponer de un sistema en el que por una vez llegarán a cancelar sus deudas del tipo que sean, (con excepciones a las de naturaleza pública, como Hacienda o Seguridad Social), tras un proceso que puede durar unos pocos meses en el mejor de los casos, y por un coste económico muy reducido.

En De Miguel, Lafuente, Soto Asociados, estamos entre los mayores expertos en número de expedientes de este tipo, habiendo gestionado con éxito decenas de ellos.